Recursos contra Isapres por adecuación al precio base del plan de salud, entre otras materias.
Ofrecemos nuestros servicios para la presentación de Recursos de Protección en contra de las Isapres en todo el país, sin que el cliente deba concurrir a la oficina, y obteniendo nuestros honorarios de las costas a las que sean condenadas las Isapres en el caso de aumento de precio base.
¿Qué es una carta de adecuación?
Es una carta certificada enviada por la Isapre, a lo menos, tres meses de anticipación al vencimiento del período anual del contrato. Avisa que aumentará el precio base del plan de salud. Este aumento, por pequeño que parezca, correrá por todos los años que dura el contrato. Cada año envían una nueva carta, por lo que el precio va aumentando por las mismas prestaciones.
¿Se puede reclamar este aumento?
Por medio del recurso que presentamos en la Corte, se discuten las condiciones de ese aumento, existiendo una jurisprudencia casi unánime que ordena a la Isapre no hacerlo por no cumplir con los requisitos que la ley establece para ello. Se debe presentar un recurso cada año, luego de recibida la carta de adecuación.
¿Cuál es el beneficio?
La Isapre se ve impedida de realizar el aumento del precio del plan de salud, manteniendo los mismos beneficios.
¿Cómo se pagan los honorarios de FD&CIA ABOGADOS?
La Corte además de declarar arbitrario el aumento que intenta hacer, condena a la Isapre al pago de las costas, que constituye los honorarios del Estudio Jurídico.
¿Qué tengo que hacer para que presenten el reclamo?
Hacernos llegar la carta de adecuación de manera física o escaneada a la oficina, indicando el número de cédula de identidad. Puedes hacerlo en el formulario de esta misma página.
Una vez presentado el recurso se debe coordinar la firma de un poder que permite cobrar las costas a la Isapre.
¿Cómo se otorga ese poder para que cobren las costas?
Se puede coordinar la firma en la Corte de Apelaciones respectiva, lo que no tiene costo para el cliente.
También se puede solicitar un borrador de escritura pública para ser firmado en la notaría de elección del cliente, o aquellas en las que teneos convenio. En este caso el cliente asume el costo en la notaría.
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